Diputados aprueban proyecto 746 que amplía descuentos para jubilados, pensionados y adultos mayores
La iniciativa modifica la Ley 6 de 1987 y regirá seis meses después de su promulgación, por lo que su aplicación no será inmediata.
Diputados de distintas bancadas aprobaron el 30 de octubre el proyecto de ley No. 746, que modifica la Ley No. 6 de 1987 sobre beneficios para jubilados, pensionados y personas de la tercera edad. La propuesta amplía los descuentos en medicamentos, servicios médicos, alimentación, telefonía, internet y equipos de asistencia, entre otros bienes y servicios.
El texto fue resultado de una mesa de trabajo en la que participaron diferentes sectores. La norma comenzará a regir seis meses después de su promulgación, de modo que los beneficios no se aplicarán de forma inmediata tras la aprobación legislativa.
Salud y medicamentos
El proyecto establece un descuento del 20% en medicamentos, con receta médica a nombre del beneficiario. Ese requisito no se exigirá para los de venta libre.
En consultas y servicios médicos fija estos porcentajes: 25% en honorarios de medicina general y especialidades médicas y quirúrgicas, 15% en optometría y oftalmología, 20% en exámenes de laboratorio y 30% en servicios radiológicos.
Incorpora además un 30% de descuento en procedimientos, intervenciones y terapias para el tratamiento del cáncer, así como en medicamentos oncológicos, agentes de soporte farmacéutico, insumos y equipos de asistencia vinculados con esa atención.
Para bienes, equipos y ayudas técnicas, como prótesis, sillas de ruedas, muletas, bastones, andaderas, sanitarios portátiles, sillas de baño, camas hospitalarias y colchones especializados, el descuento previsto es de 20%. También es de 20% el alquiler, reparación y mantenimiento de equipos de asistencia y movilidad, incluidos concentradores de oxígeno; para ello se requiere certificación de un médico idóneo. Los pañales para adultos tendrían igualmente un 20%.
El proyecto exonera del impuesto de importación y del ITBMS los parches hidrocoloides, bolsas de colostomía y sus aros, sondas urinarias y cremas con receta de un médico especialista idóneo. Quedan excluidos los artículos de uso cosmético.
Servicios, vivienda y otros rubros
El consumo individual en restaurantes y franquicias nacionales e internacionales tendría un descuento de 25%, con excepción de las fondas.
En telefonía fija, el descuento es de 30% sobre el cargo fijo, si el contrato es residencial, está a nombre del beneficiario y corresponde a un solo número. Para internet y televisión por cable es de 20%, siempre que el contrato no supere los $50, esté a nombre del beneficiario y sea de su vivienda principal; el excedente se cobra a tarifa normal. En telefonía móvil se mantiene el 20% si el contrato es de un solo número, está a nombre del beneficiario y no supera los $30. La tasa de aseo tendría 20% bajo condiciones similares.
Para la vivienda principal, se prevé un 15% en elementos de movilidad, accesibilidad y seguridad, como rampas, barras de apoyo, pasamanos, superficies antideslizantes y adaptaciones básicas de baños. La necesidad debe acreditarse con indicación médica o evaluación funcional, y se excluyen remodelaciones generales y ampliaciones.
Los ataúdes, urnas y servicios funerarios tendrían un 25% de descuento cuando el fallecido sea jubilado, pensionado o persona de la tercera edad. Los gastos notariales y registrales vinculados con viviendas del régimen de interés preferencial para este grupo tendrían 20%.
Las propiedades de asociaciones, federaciones y confederaciones de jubilados y pensionados constituidas conforme a la ley podrán recibir beneficios en electricidad, agua, teléfono, internet, televisión por cable, apartado postal, tasa de valorización e impuesto de inmuebles, además de otros previstos para organizaciones sin fines de lucro.
Quiénes podrán acogerse
Podrán acceder panameños y extranjeros con residencia permanente, según las condiciones de edad de la normativa. La condición se acreditará con la cédula, el carné de jubilado o pensionado, o el carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral.
El proyecto dispone también que los descuentos y concesiones otorgados por los contribuyentes serán deducibles del impuesto sobre la renta al presentar su declaración.
Fuentes: La Estrella de Panamá · Metro Libre