Ciudad de Panamá · 29 de octubre de 2026 Lo último Suscríbete
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Corte declara no ilegal el estudio ambiental del proyecto Puerto Barú, en Chiriquí

La Sala Tercera rechazó una demanda de organizaciones ambientales contra la resolución que aprobó el EIA categoría III; queda pendiente otra acción contra el mismo acto.

Corte declara no ilegal el estudio ambiental del proyecto Puerto Barú, en Chiriquí
Gráfico: Istmo Hoy

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia declaró que no es ilegal la resolución del Ministerio de Ambiente (Miambiente) que aprobó el estudio de impacto ambiental (EIA) categoría III del proyecto Puerto Barú, ubicado en las cercanías de David, provincia de Chiriquí.

La sentencia fue emitida el 26 de octubre, con ponencia de la magistrada María Cristina Chen Stanziola. El acto impugnado es la resolución DEIA-IA-0003-2024, del 16 de enero de 2024.

Qué alegaban los demandantes

La demanda fue presentada en septiembre de 2024 por el Centro de Incidencia Ambiental (Ciam), la Asociación Centro de Estudios y Acción Social Panameño (Ceaspa), Adopta El Bosque Panamá, la Fundación para el Desarrollo Integral, Comunitario y Conservación de los Ecosistemas, la Fundación Panacetacea y Proyecto Primates.

Estas organizaciones sostenían que el EIA, aprobado durante la administración anterior de Miambiente, tenía graves deficiencias y no cumplió los procedimientos legales de evaluación, lo que impedía estimar los impactos reales sobre los ecosistemas cercanos. Citaron además un estudio independiente según el cual la evaluación inicial carecía de rigor científico y omitía aspectos importantes de la biodiversidad de la zona.

La Procuraduría de la Administración había recomendado a la Sala declarar que la resolución no era ilegal, al considerar que los demandantes no aportaron pruebas suficientes sobre irregularidades en la aprobación.

La posición de la empresa

En un comunicado emitido el 26 de octubre, Puerto Barú en David señaló que la Corte concluyó que los demandantes no lograron sustentar las infracciones legales alegadas y que, con base en los elementos examinados, no existe traslape entre el proyecto y el área de manglar. Ese contenido del fallo proviene de la versión de la empresa; las fuentes disponibles no detallan el texto de la sentencia.

El director general del proyecto, Ismael González, afirmó: “Chiriquí va a tener su puerto”. Añadió que reciben la decisión “con respeto y responsabilidad” y que su compromiso es “continuar trabajando con el mismo rigor, cumpliendo nuestras obligaciones ambientales”.

El proyecto es impulsado por Ocean Pacific Investments. Las cifras de inversión difieren según la fuente: se habla de $260 millones en un caso y de unos $250 millones, la cifra que maneja el comunicado de la empresa, en otros. La empresa también demandó civilmente a varias organizaciones ambientales que se oponen a la obra.

Lo que sigue

El caso judicial no está cerrado. La Sala Tercera aún debe resolver otra demanda contra la misma resolución, presentada por los abogados Martita Cornejo y Manuel Alejandro Ruiz Cornejo, de la firma Cornejo Robles y Asociados. La ponente también es la magistrada Chen.

Según la empresa, el proyecto continuará avanzando conforme al marco legal y ambiental aplicable. Con la sentencia, queda a la espera de la decisión sobre la segunda demanda la validez definitiva de la resolución de Miambiente.

Fuentes: La Prensa · La Estrella de Panamá · Metro Libre · La Prensa · TVN Noticias

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