Contraloría retoma su presencia en juntas directivas tras aclaración sobre condición de PEP
La Superintendencia de Bancos precisó que los delegados de la entidad fiscalizadora, al tener solo voz y no voto, no son Personas Expuestas Políticamente.
La Contraloría General de la República anunció que sus representantes volverán de forma inmediata a participar en las juntas directivas de entidades estatales. La decisión se produce después de que la Superintendencia de Bancos de Panamá aclarara que estos delegados no son considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP), porque ejercen la función únicamente con derecho a voz y sin voto.
Con la reanudación, los delegados mantendrán sus tareas de acompañamiento y fiscalización dentro del marco legal vigente, según informó la Contraloría.
Qué hacen los delegados en las juntas
De acuerdo con la institución, sus representantes asisten como parte de su labor fiscalizadora. Pueden formular observaciones y advertencias, pero no votan ni participan en la aprobación de decisiones administrativas o financieras.
Esa distinción fue la base de la aclaración que recibió la Contraloría y que le permitió levantar la medida adoptada anteriormente.
Por qué se había suspendido la participación
La Contraloría había suspendido de manera temporal su participación el pasado 7 de octubre, mientras se aclaraba el alcance de la normativa sobre las PEP.
El Acuerdo N.º 1-2025 de la Superintendencia de Bancos establece una guía enunciativa de los cargos que se consideran PEP. Entre ellos figuran los miembros de juntas directivas de entidades gubernamentales, de empresas estatales y de determinadas sociedades de capital mixto.
La Contraloría señaló que la suspensión buscaba proteger a sus funcionarios y evitar que resultaran afectados por una disposición que, según la aclaración recibida, no corresponde a la función que desempeñan en esas juntas.
Por qué importa
Las juntas directivas de entidades públicas y empresas estatales toman decisiones administrativas y financieras que involucran fondos del Estado. La presencia de delegados de la Contraloría, aunque sin voto, permite que formulen observaciones y advertencias en esos espacios, como parte de la fiscalización que corresponde a la institución.
La condición de PEP, por su parte, se vincula con la normativa de la Superintendencia de Bancos, que identifica los cargos sujetos a ese régimen. La aclaración del regulador precisa que los delegados de la Contraloría, por su función de solo voz, quedan fuera de esa categoría.
Fuentes: TVN Noticias