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Cancelan compra de tablet del Meduca por B/. 679.95 tras adjudicarla; otra para «obsequios» sigue vigente

Dos compras menores del Ministerio de Educación para entregar tablets a estudiantes tuvieron destinos distintos, y los registros públicos no explican el motivo de la cancelación.

Cancelan compra de tablet del Meduca por B/. 679.95 tras adjudicarla; otra para «obsequios» sigue vigente
Imagen: logotipo oficial (Ministerio de Educación)

El Ministerio de Educación (Meduca) canceló una compra menor de una tablet para estudiantes de excelencia académica que ya había sido adjudicada por B/. 679.95. Otra compra de tablets del mismo ministerio, descrita como destinada a «obsequios» para estudiantes de Finca 44, permanece en estado «Adjudicado», según los registros del sistema de compras públicas de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP).

La compra cancelada

El proceso 2026-0-07-01-01-CM-077998 está clasificado como «Compra menor hasta 10,000» y se titula «Compra de Tablet para los estudiantes de excelencia académica». El registro lo muestra adjudicado a Jhonjairo Euyin Valdes Stevenson por B/. 679.95.

El historial indica un cambio de estado con fecha 2026-11-01, a las 22:47:25, de «Adjudicado» a «Cancelado». El registro consultado no detalla la razón de la cancelación ni señala qué funcionario o dependencia la decidió.

Tampoco consta, en la información disponible, el precio estimado de referencia ni cuántos proponentes participaron, datos que permitirían comparar el monto adjudicado con el previsto.

La compra de «obsequios»

El proceso 2026-0-07-01-01-CM-078361 también corresponde al Meduca y es una compra menor hasta B/. 10,000. Su título es «Compra de Tablet par obsequios a estudiantes de Finca 44», tal como figura en el registro, con el error de redacción incluido.

Su estado actual es «Adjudicado». En la ficha consultada no aparecen el monto adjudicado ni el nombre del proveedor, por lo que no es posible establecer cuánto se destina a esta compra con fondos públicos.

Qué dice el marco legal y qué falta por aclarar

La Ley 22 de 2006, en su texto único ordenado por la Ley 153 de 2020, establece como principios de la contratación pública la transparencia, la economía, la responsabilidad, la publicidad y la igualdad de los proponentes (artículo 25). El artículo 26 exige que los actos de contratación estén motivados de forma detallada, y el artículo 27 plantea la selección objetiva de la propuesta más ventajosa para el Estado.

Esos principios son el parámetro para examinar ambos procesos, pero los registros revisados no permiten concluir que haya habido irregularidades. Lo que consta es una cancelación sin motivo visible y una compra activa cuyo fin es entregar obsequios.

Quedan preguntas pendientes que solo el Meduca puede responder: por qué se canceló una adjudicación ya hecha, quién tomó la decisión, si se realizará una nueva compra para los estudiantes de excelencia, cuál es el monto de la compra de Finca 44 y bajo qué criterios se destinan fondos públicos a regalos para estudiantes.

Por tratarse de compras menores, los montos individuales son bajos. Aun así, los procesos son públicos y permiten al contribuyente verificar cómo se usan los recursos de las escuelas y cómo se justifican los cambios de estado en cada compra.

Fuentes: PanamaCompra (DGCP) · PanamaCompra (DGCP) · Ley 22 de 2006 (Texto Único)

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