Comisión de Gobierno revive reforma al reglamento de la Asamblea que Mulino objetó en septiembre
Con cinco votos, la comisión recomienda acoger el veto por inexequibilidad de cuatro artículos del proyecto 594, pero mantiene una versión modificada del artículo 4.
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional revivió el proyecto de ley 594, que modifica el Reglamento Interno del Órgano Legislativo y que el presidente José Raúl Mulino objetó en septiembre pasado.
Con el voto de cinco diputados, la comisión, presidida por Benicio Robinson, aprobó un informe que recomienda al pleno acoger la objeción por inexequibilidad, es decir, por ser contraria a la Constitución, de los artículos 3, 4, 5 y 21 de la iniciativa.
Según el trámite descrito, el proyecto volverá a segundo y tercer debate con algunos cambios y supresiones.
Un informe que atiende solo parte del veto
El informe fue elaborado por un equipo técnico de la comisión y lo leyó este miércoles 21 de octubre el diputado Raphael Buchanan, del Partido Revolucionario Democrático (PRD).
El documento responde únicamente a una parte de la objeción presidencial. Mulino objetó nueve artículos: cuatro por inexequibles y cinco por inconvenientes. Estos últimos son el 9, el 11, el 12, el 27 y el que fija la entrada en vigor el 2 de enero de 2027.
De “gestionar obras” a “canalizar solicitudes”
El artículo 4 fue el centro del veto. El texto aprobado originalmente por la Asamblea autorizaba a los diputados a gestionar obras en sus circuitos y les garantizaba una “inversión mínima” en el presupuesto del Estado.
Mulino sostuvo que el artículo 159 de la Constitución no atribuye al Legislativo la función de gestionar obras. Advirtió además que fijar la inversión corresponde al Ejecutivo, según el artículo 267, y que el artículo 163 prohíbe a la Asamblea intervenir en el Presupuesto General del Estado.
La comisión no eliminó el artículo, sino que lo modificó. Desaparece la inversión mínima garantizada, pero se mantiene que los diputados “podrán canalizar ante las autoridades competentes las solicitudes de sus comunidades”.
También se conserva que los funcionarios de los despachos de los diputados recibirán y tramitarán esas peticiones, aunque “sin ejercer funciones de gestión, ejecución o fiscalización de obras”.
En la práctica, la redacción mantiene para la Asamblea un papel de intermediación en obras, un rol que, según la posición del Ejecutivo expresada en el veto, la Constitución no le asigna.
La información está en desarrollo. Queda pendiente que el pleno de la Asamblea se pronuncie sobre el informe y sobre las objeciones por inconveniencia que el documento no aborda.
Fuentes: La Prensa