Ciudad de Panamá · 6 de noviembre de 2026 Lo último Suscríbete
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Cedeño recurre a la Corte contra artículos del Presupuesto 2027 sobre justicia y contrataciones

El diputado cuestiona los fondos del Órgano Judicial y el Ministerio Público y una excepción a la Ley de Contrataciones Públicas para compras menores de B/.1 millón.

Cedeño recurre a la Corte contra artículos del Presupuesto 2027 sobre justicia y contrataciones
Imagen: logotipo oficial (Ministerio Público)

El diputado Ernesto Cedeño anunció que acudirá a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para impugnar disposiciones de la Ley 563, que aprueba el Presupuesto General del Estado de 2027 y fue promulgada el 2 de noviembre. La acción se centra en los fondos asignados al Órgano Judicial y al Ministerio Público, y en una excepción a la Ley de Contrataciones Públicas.

Según el escrito que el propio diputado compartió, se cuestionan los artículos 7 y 8, relativos a las asignaciones para la justicia, y los artículos 29 al 32 de la ley. El documento también desarrolla objeciones contra el artículo 370. Cedeño dijo que buscará un pronunciamiento de la Corte antes del 1 de enero de 2027, cuando comienza la nueva vigencia fiscal.

Las cifras de la justicia

De acuerdo con el documento, el Órgano Judicial solicitó cerca de B/.398,6 millones y recibió B/.352,3 millones, unos B/.46,3 millones menos. En inversión pidió B/.24,4 millones y la ley aprobó B/.8 millones.

A la Procuraduría General de la Nación la ley le consigna B/.283,6 millones, incluidos los fondos del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Al separar esos recursos, el escrito calcula que quedaron B/.204,9 millones de los B/.242,1 millones solicitados, una diferencia de B/.37,2 millones. La Procuraduría de la Administración obtuvo B/.13,17 millones para funcionamiento, B/.200 mil menos de lo pedido para ese rubro.

Cedeño sostiene que estas asignaciones comprometen la autonomía presupuestaria de las instituciones que administran justicia. Se apoya en los artículos 2 y 214 de la Constitución: el primero establece la separación de poderes y el segundo reconoce a ambas instituciones la facultad de formular sus presupuestos y fija un mínimo conjunto del 2 % de los ingresos corrientes del Gobierno Central.

Con las cifras de la Gaceta Oficial, ese mínimo equivale a B/.289,2 millones, mientras que la asignación conjunta consignada ronda los B/.649,6 millones. El planteamiento, por tanto, no gira en torno al mínimo constitucional, sino a cómo se incorporaron las solicitudes institucionales y si lo aprobado permite cubrir sus necesidades de funcionamiento.

El diputado cita como antecedente un fallo del 23 de diciembre de 2021, cuando el pleno de la CSJ declaró inconstitucionales disposiciones del presupuesto de ese año sobre las asignaciones del Órgano Judicial y del Ministerio Público.

La excepción del artículo 370

El artículo 370 incluye al Metro de Panamá y sus subsidiarias, el Idaan, Etesa, la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario, el Aeropuerto Internacional de Tocumen y los ministerios de Educación, Obras Públicas y Gobierno. Les permite comprar servicios técnicos, repuestos y equipos ante situaciones fortuitas y de urgencia, o por circunstancias justificadas de interés público que requieran atención prioritaria.

Para acogerse, cada entidad debe emitir una lista de los bienes y servicios que podrá adquirir y adoptar un reglamento especial de contratación, aprobado por la Contraloría General de la República y publicado en la Gaceta Oficial. El monto debe ser inferior a B/.1 millón y el límite no es acumulativo por proveedor o tipo de servicio técnico, con el fin de evitar la fragmentación contractual.

Cedeño objeta que la norma no defina qué se considera un asunto de interés general de derechos poblacionales y afirma que los controles previstos son insuficientes para detectar compras sucesivas relacionadas. Invoca los artículos 19 y 266 de la Constitución: el primero prohíbe los fueros y privilegios personales y la discriminación, y el segundo establece la licitación pública como regla, con las excepciones que determine la ley.

Corresponderá al pleno de la Corte decidir si admite la acción y se pronuncia sobre los planteamientos del diputado.

Fuentes: La Estrella de Panamá · TVN Noticias · La Prensa

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